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Julio Rodiño Durán

Director Editorial

Edición

Un sistema tributario de otra época

Existen en Chile, desde hace muchos años, algunos sectores de la actividad económica productiva que han tenido un régimen especial de tributación: algunas explotaciones de bienes raíces, transporte, minería y agricultura. Este último sector comprende a agricultores que, siendo personas naturales y sumando todos sus ingresos de las diferentes explotaciones de origen agrícola, no superen una venta total anual sobre 8.000 UTM (unidades tributarias), es decir alrededor de 340 millones de pesos anuales al día de hoy.

Para explicarlo de forma simple: estos agricultores pueden acogerse en la actualidad al régimen de renta para que les permita, sin necesidad de llevar contabilidad efectiva, conjeturar una renta sobre su explotación equivalente al 10% sobre el avalúo fiscal de la propiedad, en el caso de ser dueño de las propiedades agrícolas que originan esa renta o de un 4% en el caso de ser arrendatarios. Por lo tanto, quien utiliza y se acoge por derecho a este régimen impositivo, debe pagar sí o sí el impuesto a la renta calculado bajo esta fórmula, aun en el caso de haber tenido pérdidas.

El origen y la justificación de este mecanismo de tributación pertenecen sin duda a otra época. Al menos válido para la minería y la agricultura, se podrían resumir en que se hacía muy difícil la fiscalización efectiva de estos sectores, principalmente por la naturaleza geográfica de su principal recurso: la tierra. En el fondo, por un tema relacionado al costo de desplazamiento, era casi imposible la verificación de la base tributaria de la mayoría de los contribuyentes involucrados y por lo tanto de una muestra que fuese representativa del estado y las condiciones productivas del sector en general. Otra de las razones es que antiguamente el acceso de los agricultores a los medios para llevar una contabilidad efectiva y para comunicarse regularmente con los centros urbanos, donde podrían gestionar y validar esta contabilidad, era muy restringido.

Es bastante probable entonces que el PIB agrícola este fuertemente distorsionado por este régimen de tributación, sobre todo si se considera que, en la práctica, casi un 85% de las utilidades de las empresas que declaran bajo este mecanismo de renta presunta, pertenecen a contribuyentes en el decil de más altos ingresos.

Es muy conocido que en algunos casos, la renta presunta ha sido mal aplicada y utilizada maliciosamente por una minoría, creando espacios para la evasión y la elusión de impuestos. Sobre todo esto es válido en el caso de empresas que tienen más de una actividad económica y al menos una le permite tributar bajo renta presunta. Por lo tanto, se ha comprobado algunos casos en que han traspasado utilidades de las actividades que no permiten tributar bajo este régimen a las que sí pueden hacerlo.

A pesar de que los motivos que originaron este régimen de tributación ya no existen, podrían hoy existir otros que justifiquen, al menos en un rango determinado, la permanencia de este mecanismo. La discusión está todavía abierta.

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Robert Edition

6 minutes ago

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